viernes, 10 de julio de 2015

Nuevo Reglamento de Participación Ciudadana

La web del ayuntamiento informaba de lo siguiente:

Modificación del Reglamento de Participación Ciudadana

Aprobación inicial

Publicación en el BOP

  • BOP de fecha 18 de mayo de 2015
  • Plazo de sugerencias y reclamaciones: del 19 de mayo al 22 de junio de 2015 (30 días hábiles desde la publicación).
Si bien el plazo legal para elaborar el Reglamento finaliza el 11 de diciembre, el equipo de gobierno municipal anterior optó por no agotar los plazos, y dejarlo aprobado antes de las elecciones municipales, como puede leerse en la Exposición de Motivos:
...
El día 10 de diciembre de 2013 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley
19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, que tiene por objeto, como dispone su artículo 1, ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir las personas con responsabilidad pública así como las consecuencias derivadas de su incumplimiento.
Por su parte la Disposición final novena de la Ley 19/2013, relativa a la entrada en
vigor, dispone que los órganos de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales
dispondrán de un plazo máximo de dos años para adaptarse a las obligaciones contenidas en esta ley. En consecuencia, las entidades locales, deben adaptarse a las disposiciones de la Ley antes del 11 de diciembre de 2015.
No obstante, apelando a las palabras con las que se inicia el Preámbulo de la
mencionada Ley, y comoquiera que la transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción pública, el Ayuntamiento de Valencia está adoptando decisiones y acuerdos en esta línea, como es la modificación del Reglamento de Participación Ciudadana que ahora se propone, a los efectos de incluir todos aquellos aspectos de la mencionada Ley 19/2013 que sean propios de una disposición reglamentaria municipal.

Sería  deseable, y así se lo deberíamos exigir al equipo de gobierno entrante, que se dé adecuada publicidad a los asuntos que incumben directamente a la ciudadanía, como por ejemplo este. Ni en la asociación de vecinos de mi barrio, en cuya junta estoy y que es supertransparente, ni en la PACD, en la que hay personas procedentes de colectivos diversos, tuvimos noticia de la aprobación y del período de alegaciones. Y servidora está suscrita a todos los RSS del ayuntamiento.

Nota:
Hemos descubierto una web municipal denominada "http://participa.valencia.es", sobran comentarios, basta verla. Está hecha claramente "para cumplir", no sabemos cuándo se lanzó.

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